La propiedad privada bajo fuego, inmobiliarias rurales rechazan reforma

La propiedad privada bajo fuego, inmobiliarias rurales rechazan reforma

Para la cámara que las agrupa, la ley asume la ineficacia de la Justicia para encontrar a los responsables de los incendios provocados. Según la entidad, constituye una verdadera confiscación estatal sin precedentes que solo sirve para espantar la inversión productiva. 

El Senado convirtió en ley, con 41 votos a favor, 28 en contra y una abstención, el proyecto que modifica la Ley de Manejo del Fuego, con el objetivo de prohibir la venta y cambio de uso de tierras incendiadas por un plazo de entre 30 a 60 años.

La Cámara de Diputados aprobó el proyecto el 18 de noviembre por 132 votos a favor y 96 negativos en el marco de una extensa sesión en la que hubo fuertes cruces entre oficialismo y oposición.

Al tratarlo en comisión, los senadores aprobaron modificar la ley 26.815, de Manejo del Fuego, para que se establezca que quedarán prohibidos desde la extinción de incendios realizar modificaciones en el uso y destino de esas superficies así como cualquier emprendimiento inmobiliario.

El artículo 22 bis establece que "en caso de incendios, sean estos provocados o accidentales, que quemen vegetación viva o muerta, en bosques nativos o implantados, así como en áreas naturales protegidas debidamente reconocidas y humedales, a fin de garantizar las condiciones para la restauración de las superficies incendiadas, se prohíbe por 60 años desde su extinción modificar en el uso y destino que dichas superficies poseían con anterioridad al incendio".

También se prohibirá durante ese lapso "la división o subdivisión, excepto que resulte de una partición hereditaria, el loteo, fraccionamiento o parcelamiento, sea parcial o total, o cualquier emprendimiento inmobiliario, distinto al arrendamiento y venta, de tierras particulares".

La propuesta prevé no permitir, además, "la venta, concesión, división, subdivisión, loteo, fraccionamiento o parcelamiento, total o parcial, o cualquier otro emprendimiento inmobiliario, distinto al arrendamiento, de tierras fiscales; y cualquier actividad agropecuaria que sea distinta al uso y destino que la superficie tuviera al momento del incendio".

En la iniciativa se establecen las mismas restricciones pero por 30 años en zonas agropecuarias, praderas, pastizales, matorrales y en áreas donde las estructuras edilicias se entremezclan con la vegetación fuera del ambiente estrictamente urbano o estructural. 

Rechazo de Cair

La nueva normativa, había sido objetada por la Cámara Argentina de Inmobiliarias Rurales (Cair) porque, según la entidad, "constituye una verdadera confiscación estatal sin precedentes".

La Cámara, en un comunicado titulado "La propiedad privada bajo fuego", dijo días atrás que entiende que el país no necesita más inseguridad jurídica "que solo sirve para espantar la inversión productiva". Explicó, además, que la actual normativa establece cuáles son los presupuestos mínimos de protección ambiental en materia de incendios forestales y rurales en el ámbito del territorio nacional.

"Los artículos 22 y 22 bis establecen que el responsable del daño ambiental que produzca un incendio tendrá la obligación de recomponer y adoptar las medidas de reparación que, en cada caso, resulten necesarias para la recuperación de las áreas incendiadas vedando las modificaciones en el uso y destino de dichas superficies", dijo Cair.

Para la cámara, la nueva ley "asume la ineficacia de la Justicia para encontrar a los responsables de los incendios provocados y la incapacidad del Estado de tener un plan y equipamiento eficiente de prevención, manejo y control del fuego".

Otro punto alarmante, según Cair, es que no se ha distinguido entre incendios naturales, accidentales o provocados. "Es llamativo que los autores del proyecto en lugar de hacer cargo al Estado de sus responsabilidades en esta cuestión, trasladen una especie de castigo a quien ya ha sufrido una tragedia como lo es un incendio involuntario en su propiedad, incluso llevando la sanción al nivel de restringir el dominio por el término de 30 a 60 años", señaló.

"Esta inconsistencia pone en evidencia que la iniciativa denota un nuevo intento de avance sobre la propiedad privada, esta vez, bajo la cobertura de una supuesta protección ambiental", indicó la entidad.