Los principales puntos de la Ley de Alquileres que el Senado Nacional buscará sancionar
No se descartan modificaciones. Desde el oficialismo explicaron que el artículo 14 no es claro en cuanto al período de indexación.
El proyecto implica la reforma el Código Civil y Comercial para extender los contratos de dos a tres años, introduce cambios en la actualización del valor de los alquileres, el pago de expensas y los desalojos, entre otras modificaciones.
A pesar de que existe consenso en el Senado Nacional para su sanción, luego de ser aprobada en Diputados a fines del año pasado, no se descarta que sufra alguna modificación de forma que obligue a devolverlo a la Cámara baja. Desde el oficialismo explicaron que el artículo 14 del proyecto no es claro en cuanto al período de indexación.
// Principales puntos de la iniciativa
• Actualización. El índice para la actualización anual de los precios estará conformado en igual medida por el Índice de Precios al Consumidor (Ipc) y la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte), que debe ser elaborado y publicado mensualmente por el Banco Central (Bcra).
• Plazo. El plazo mínimo de la locación de inmueble serán tres años.
• Depósito de garantía. No podrá exigirse al locatario el pago de alquileres anticipados por períodos mayores a un mes. El importe del depósito de garantía no podrá ser mayor al equivalente al primer mes de alquiler.
• Arreglos. Introduce la posibilidad de que los inquilinos puedan hacer los arreglos y descontarlos del alquiler, dado que en caso de negativa o silencio del locador ante un reclamo del locatario debidamente notificado para que realice alguna reparación urgente, el locatario puede realizarlas por sí a cargo del locador, una vez transcurridas 24 horas de la notificación.
• Impuestos y expensas. El locatario no tiene a su cargo el pago de impuestos que graven a la propiedad ni el pago de expensas comunes extraordinarias.
• Garantías. Los locadores deberán aceptar como garantía alguna de las siguientes opciones: título de propiedad inmueble, aval bancario, seguro de caución, garantía de fianza o fiador solidario o garantía personal del locatario (recibo de sueldo o certificado de ingresos que pueden sumarse en caso de ser más de un locatario).
• Renovación. El locador deberá informar con tres meses de anticipación si renueva y las condiciones para el nuevo contrato.
• Desalojo. Establece que el locador debe intimar fehacientemente al locatario dando un plazo no menor a 10 días corridos de recibida la notificación y lugar de pago previo a la acción judicial de desalojo.
• Registro del contrato de alquiler. Será obligación del locador declararlo ante la Administración Federal de Ingresos Públicos de la Nación (Afip), dentro de los plazos que disponga este organismo.
• Resolución de conflictos. El proyecto establece que deberán crearse en el ámbito público de las provincias y la Ciudad de Buenos Aires ámbitos de mediación y arbitraje gratuitos o de bajo costo.
• Intermediación en el contrato de alquiler. Sólo podrá estar a cargo de un profesional matriculado y si interviene un solo corredor, ambas partes, propietario e inquilino, deberán pagar comisión.
• Creación del Programa Nacional de Alquiler Social. Destinado a la adopción de medidas que tiendan a facilitar el acceso a una vivienda digna en alquiler mediante una contratación formal para personas en situación de vulnerabilidad.